Medida para las Pymes: SII pone en marcha devolución de crédito IVA y apunta a beneficiar a 150 mil contribuyentes
La opción estará disponible hasta el 30 de septiembre y permite solicitar por una sola vez el total o parte del remanente de IVA acumulado.
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Nuevas medidas de apoyo a las PYME. Luego de que ayer el Diario Oficial publicara la ley que establece una serie de medidas de alivio tributario con miras a la reactivación, el Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que hoy habilitó en su portal el acceso a la opción de solicitar el reembolso del remanente de IVA, generado por la adquisición de bienes o utilización de servicios entre el 1 de enero y el 31 de mayo de este año.
Esta nueva ayuda, explicó el organismo liderado por Fernando Barraza, beneficiará a un universo de cerca de 150 mil empresas.
Esta devolución está orientada a Mipymes "de buen comportamiento tributario", que hayan tenido una baja en sus ingresos de al menos un 30% entre el el primero de enero y el 31 de mayo de esteaño, comparado con el mismo periodo de 2019.
Ente otros requisitos, para solicitar el beneficio las empresas deben registrar un remanente de IVA en su declaración de junio, generado por las operaciones entre el 1 de enero y 31 de mayo y deben haber presentado la Declaración de IVA (F29) correspondiente al mes al periodo tributario agosto, que se presenta en el mes de septiembre.
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Adicionalmente, deben tener sus declaraciones mensuales de IVA (Formulario 29) presentadas en los últimos 36 periodos tributarios, no encontrarse en alguna de las causales del Art. 59 bis del Código Tributario ni tener deuda tributaria, salvo que estén cumpliendo convenio de pago con la Tesorería General de la República.
¿Cómo realizar la solicitud?
Según el servicio, los contribuyentes deben ingresar en el acceso disponible en sii.cl, en el que se realiza una revisión automática del cumplimiento de los requisitos. Luego se despliega un formulario que contiene el monto de remanente de IVA disponible, y en el que se debe ingresar el monto que desea solicitar, para luego confirmar la solicitud.
En un plazo máximo de 10 días hábiles, la Tesorería realizará el depósito en la cuenta bancaria que haya indicado el contribuyente. Dicha opción estará disponible hasta el 30 de septiembre.
"La Ley también incorporó otros beneficios para las Mipyme, tales como la ampliación a tres meses del plazo de postergación de IVA y la rebaja del Impuesto de Primera Categoría y de Pagos Provisionales Mensuales para Pymes durante los años 2020, 2021 y 2022, los que entrarán en vigencia en los próximos meses", enfatizó el SII.